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Nacional

Juzgado Contencioso Administrativo Federal — Derecho Tributario

Amparo fiscal: el tribunal ordena restaurar clave tributaria mientras continúa trámite administrativo

Un fallo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 5 rechaza la restricción de CUIT aplicada por ARCA sin agotarse el procedimiento previsto por ley.

Por Redacción·05 de junio de 2026
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El Juzgado Contencioso Administrativo Federal 5 hizo lugar parcialmente a una acción de amparo promovida por una contribuyente cuya clave tributaria (CUIT) había sido limitada por ARCA (antes AFIP) conforme a la Resolución General 3832/2016, tras ser incluida en la base de contribuyentes no confiables.

La actora sostuvo que la restricción le impedía desarrollar actividades comerciales, operar con cuentas bancarias y realizar trámites esenciales, situación que calificó como una verdadera "muerte civil". Asimismo, afirmó haber respondido los requerimientos de ARCA y cuestionó la falta de un procedimiento concreto para obtener la restitución de su clave tributaria.

ARCA argumentó que la limitación se originó tras verificar que el domicilio fiscal declarado por la contribuyente resultaba inexistente, circunstancia que justificó su incorporación a la base de contribuyentes no confiables y la consecuente restricción de la CUIT. El organismo indicó, además, que el trámite administrativo iniciado por la interesada seguía en análisis y próximo a concluir.

La jueza recordó que la Ley 11.683, modificada por la Ley 27.430, prevé mecanismos específicos para cuestionar las medidas preventivas adoptadas por el organismo recaudador y establece que dichos reclamos deben resolverse mediante un acto administrativo expreso. El tribunal consideró que "la limitación de la CUIT no podía ejecutarse mientras permaneciera pendiente la resolución administrativa correspondiente".

En esa línea, la magistrada entendió que ARCA incurrió en "un accionar ilegítimo y arbitrario al mantener vigente la restricción sin haber agotado previamente el procedimiento previsto por la normativa". El fallo destacó que la contribuyente había presentado un pedido administrativo para regularizar su situación y que, al momento de resolver el amparo, ARCA todavía no había dictado una resolución expresa sobre ese planteo.

La sentencia subraya la importancia de que los actos administrativos restrictivos de derechos económicos se ejecuten sólo tras cumplirse los trámites establecidos por ley, evitando así situaciones de arbitrariedad que paralicen actividades comerciales legítimas en tanto se sustancian los procedimientos correspondientes.

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