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Nacional

Cámara de Familia — Violencia laboral

Acoso psicológico en el trabajo: primera condena por violencia de género en ambiente laboral

La Cámara de Familia 2 de Córdoba confirmó la sentencia que reconoció a una empleada como víctima de violencia psicológica. El tribunal ordenó capacitaciones y la colocación de una placa en la empresa.

Por Redacción·03 de junio de 2026
A group of stressed business professionals in an office setting, overwhelmed by work.
Imagen referencial

La Cámara de Familia 2 de Córdoba confirmó una sentencia que declaró víctima de violencia de género, en su modalidad psicológica laboral, a una mujer que trabajaba como tesorera en una empresa de servicios fúnebres.

La empleada había denunciado que su superior directo, el jefe administrativo, le gritaba, la denigraba, la sometía a una sobrecarga sistemática de tareas y la obligaba a permanecer más allá de su horario. Entre las conductas discriminatorias que relató figuraban insultos descalificadores como: "No le pregunten nada a ella, no le da la cabeza, ya está medio tontita". Describió además un régimen de control permanente y descalificaciones que afectaron su salud psicofísica, lo que motivó que requiriera tratamiento psiquiátrico y licencia prolongada. Pese a informar al directorio sobre estas conductas persecutorias, la empresa no adoptó medidas correctivas.

El demandado negó los hechos y argumentó que la actora había interpretado de manera errónea las exigencias propias de su cargo, sosteniendo que "ha percibido con hipersensibilidad cualquier palabra", traduciéndolas incorrectamente como violentas.

La jueza de grado Mariana Wallace resolvió que el ejercicio de la responsabilidad laboral en una función jerárquica "es absolutamente escindible de la violencia de género" y que debe respetar los derechos humanos de las personas con las cuales interactúa, en particular mujeres. La magistrada advirtió que "desnaturalizar tales prácticas se vuelve determinante no sólo en términos reparativos para la actual causa, sino para su ulterior vida en comunidad". La Alzada ratificó esta posición.

El tribunal ordenó a la firma presentar un protocolo de capacitación y otro de valoración del clima laboral, ambos orientados a la temática de violencia de género en el ámbito laboral y dirigidos a la totalidad del personal. Asimismo, dispuso que el jefe administrativo asista a tratamiento psicológico con especialista en violencias de género "a fin de trabajar la órbita de sus atribuciones en el contacto laboral con mujeres". La medida se extendió a tres miembros del directorio que reforzaron, mediante sus decisiones, estructuras de gestión empresarial discriminatorias.

Finalmente, la empresa deberá colocar una placa de material perdurable al lado de la puerta de acceso a la sala de reuniones del directorio con la leyenda: "La violencia de género no es una opción".

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