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Nacional

Tribunal Penal de Entre Ríos

Absuelven a mujer acusada de tráfico por estado de necesidad ante violencia de género

La Sala Penal I del Superior Tribunal de Justicia entrerriano revocó una condena y reconoció que la imputada actuaba bajo coacción de su pareja, aplicando perspectiva de género en el análisis de prueba.

Por Redacción·24 de junio de 2026
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La Sala Penal I del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos hizo lugar a la impugnación extraordinaria interpuesta por la defensa técnica y absolvió a una imputada acusada de comercialización de estupefacientes, al reconocer que actuaba bajo un estado de necesidad exculpante generado por un contexto de violencia de género y coacción ejercida por su pareja.

La decisión revocó una sentencia previa de la Cámara de Casación Penal que había dejado sin efecto una absolución anterior. El tribunal revisó exhaustivamente la prueba incorporada al debate y concluyó que existía una situación de sometimiento y control sistemático ejercida sobre la acusada respecto de su vida personal y de las actividades investigadas.

La defensa técnica sostuvo que la Cámara de Casación había omitido elementos probatorios esenciales vinculados al contexto de violencia de género que atravesaba la imputada. Según el planteo, durante el debate oral se acreditó mediante constancias objetivas que la mujer había presentado reiteradas denuncias contra su pareja por episodios de violencia y por incumplimientos de medidas de restricción judicial.

Un dato relevante del caso fue que, al momento del allanamiento del domicilio donde se investigaba la actividad ilícita, el hombre se encontraba en la vivienda pese a las prohibiciones judiciales vigentes. La defensa argumentó que este hecho demostraba quién ejercía efectivamente el dominio sobre el inmueble y sobre la actividad delictiva investigada, reforzando la tesis de sometimiento y coacción.

Durante el tratamiento del caso, los magistrados repasaron las constancias vinculadas a las denuncias por violencia de género y los procesos paralelos tramitados en la justicia provincial. El tribunal destacó que el relato de la imputada encontraba respaldo en elementos objetivos que formaban parte del debate.

La sentencia enfatizó la obligación de juzgar con perspectiva de género conforme a los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de protección de mujeres víctimas de violencia, citando la Convención de Belém do Pará y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). El tribunal reconoció que la perspectiva de género resulta decisiva para analizar adecuadamente la capacidad de libre albedrío y culpabilidad cuando existe contexto coactivo probado.

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