
Recurso de casación en el fondo rechazado.
Abandono del procedimiento decretado en juicio en que el demandante se demoró 1 año en notificar la interlocutoria de prueba, se confirma por la Corte Suprema.
El máximo Tribunal estimó que el demandante no puede excusarse en la suspensión de plazos establecida en la ley Nº21.226 -hoy derogada-, pues dicha norma no suspendió la carga procesal del actor de encomendar las notificaciones de las resoluciones dictadas en juicio.
04 de octubre de 2023



