
Dirección del Trabajo
Aplicación de la Ley N°21.643
Dirección del Trabajo fija reglas y plazos para investigar acoso laboral y sexual
La investigación por acoso laboral, sexual o violencia en el trabajo debe realizarse dentro de 30 días hábiles administrativos, sin que ese plazo se confunda con el término para interponer una tutela laboral ante tribunales. Además, en casos de subcontratación, la empresa principal o usuaria es la responsable de conducir la investigación, siempre bajo estricta confidencialidad.
02 de marzo de 2026