
Recurso de amparo acogido por Corte de Valparaíso.
Gendarmería no puede revocar beneficios intrapenitenciarios en base a una sanción disciplinaria que fue dejada sin efecto por el Juzgado de Garantía.
La revocación de los beneficios intrapenitenciarios se sustentó únicamente en la falta atribuida, presuntamente cometida el 06 de diciembre de 2024, siendo sancionado, pero resultó finalmente libre de tal imputación luego de que la medida fuera dejada sin efecto por el Tribunal de Garantía de Valparaíso, ordenándose, además, la eliminación de este antecedente en todo registro.
12 de abril de 2025






