
Dirección del Trabajo
Régimen de subcontratación
DT aclara que la empresa principal carece de facultades para intervenir en la contratación o reemplazo de personal subcontratado
El pronunciamiento de la Dirección del Trabajo determinó que la empresa principal no puede intervenir en la contratación ni reemplazo de trabajadores de la contratista, reafirmando que en la subcontratación la relación laboral se establece exclusivamente entre el trabajador y su empleador directo.
09 de octubre de 2025