
Opinión
Un desconcierto llamado Jactancia
El no ser oído el jactancioso, como efecto de la condena de jactancia, es lisa y llanamente la pérdida de su derecho de acción o de comparecer a Tribunales a fin de obtener un pronunciamiento de fondo en un procedimiento racional y justo (artículo 19 número 3 de la Constitución Política), por el derecho que señaló pertenecerle y que no estaba disfrutando.
04 de septiembre de 2020