
Igualdad y no discriminación por orientación o identidad sexual.
Exhibición de bandera arcoíris con motivo de celebración del Día Internacional del Orgullo LGBTI no infringe la ley ni los principios de objetividad y de neutralidad de las administraciones públicas.
El tribunal consideró que la bandera arcoíris "favorece la igualdad entre las personas", un valor respaldado por la Constitución española y la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, y que la bandera no representa un símbolo partidista ni promueve enfrentamientos.
02 de abril de 2025



