
Inaplicabilidad por inconstitucionalidad
Inaplicabilidad rechazada por TC
Norma sobre cumplimiento incidental de sentencias que limita excepciones no produce resultados contrarios a la Constitución
La Magistratura concluyó que la disposición del artículo 234, inciso primero, del Código de Procedimiento Civil, que restringe las excepciones que pueden oponerse en el procedimiento de cumplimiento incidental de una sentencia, no produce efectos contrarios a la Constitución. No vulnera el debido proceso ni la igualdad ante la ley. Además, la ejecución del laudo arbitral no plantea un problema de constitucionalidad sino de legalidad
16 de marzo de 2026