
Judicial
Recurso de queja.
Judicatura laboral es competente para conocer demandas por accidentes laborales de funcionarios municipales, resuelve la Corte Suprema.
Se transgredió el artículo 420, letra f) del Código del Trabajo, que establece la competencia de la judicatura laboral para conocer de los juicios en que se pretenda hacer efectiva la responsabilidad contractual del empleador por los accidentes del trabajo.
27 de abril de 2025