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#Decisión de amparo del CPLT

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Consejo para la Transparencia

Reclamo de ilegalidad rechazado.

La información que obra en poder de los órganos del Estado es pública, cualquiera sea el formato en que se contenga, resuelve la Corte de Santiago.

No solo la información que consta en actos o resoluciones adoptados por los órganos de la administración del Estado y conforme a determinados procedimientos reviste el carácter de información pública, sino que participa de esta calidad toda aquella que se haya elaborado con presupuesto público, con prescindencia del formato en que se contenga.

27 de febrero de 2025