
En virtud del delito de daños
Corte Constitucional de Italia valida requisito que supedita suspensión condicional de la pena a la reparación del daño causado
Resolvió sobre la legitimidad de supeditar el beneficio de la suspensión de la pena a la restauración del estado anterior de los bienes o a la ejecución de labores comunitarias. La decisión profundiza en la función de reinserción social de las sanciones y establece distinciones técnicas entre el ánimo de destrucción y el ánimo de lucro, descartando que estas exigencias vulneren el principio de igualdad frente a otras figuras penales.
31 de diciembre de 2025
