
Judicial
Recurso de nulidad laboral acogido por Corte de Santiago.
Fallo que consideró que contratación transitoria en el marco de la alerta sanitaria es un contrato por obra o faena, infringe el principio de razón suficiente.
Se advirtió una infracción a una de las reglas fundamentales de la lógica, al calificar el contrato de la demandante como uno de obra o faena, en contradicción a la naturaleza temporal del contrato, que especificaba un plazo determinado. Además, los anexos de renovación, estipulan plazos precisos, incompatibles con la idea de un contrato por obra o faena, ya que este tipo de contratación depende de la duración de la obra.
13 de marzo de 2025