
Judicial
Derecho de aprovechamiento de aguas
Corte Suprema ratifica rechazo a inscripción de derechos de agua en Rancagua
Confirma decisión del Conservador de Bienes Raíces por falta de continuidad registral y prueba insuficiente. La solicitante no logró acreditar la cadena de transferencias desde el titular original. Escritura de 1968 no constituía título traslaticio de dominio de derechos de agua. No se demostró la correspondencia entre los derechos inscritos y el predio que supuestamente riegan. El procedimiento del artículo 1° transitorio del Código de Aguas es declarativo y no crea nuevos derechos.
12 de diciembre de 2025