
Cartas al Director
Tribunal Constitucional: control jurídico, no “tercera cámara”
La crítica que presenta al Tribunal Constitucional como una instancia legislativa adicional desconoce la amplitud de sus competencias. Su función es resguardar la supremacía constitucional y el equilibrio entre los poderes del Estado, por lo que sus decisiones deben evaluarse por su fundamento jurídico y no por sus efectos políticos.
27 de julio de 2026