
Fallo confirmado por la Corte Suprema.
Progenitor que no detenta cuidado personal no puede acceder a información sobre salud de su hijo
La Corte Suprema confirmó que los establecimientos de salud deben entregar la información médica del menor solo al progenitor que tenga cuidado personal, salvo resolución judicial que indique lo contrario.
15 de abril de 2025




