
Dirección del Trabajo
Negociación colectiva
DT reafirma improcedencia de extender beneficios colectivos a no sindicalizados sin pacto expreso
La Dirección del Trabajo reiteró que la extensión de beneficios solo puede realizarse mediante un pacto expreso entre el empleador y el sindicato, descartando la posibilidad de otorgarla de forma unilateral y advirtiendo que esa práctica puede constituir una infracción a la libertad sindical.
25 de noviembre de 2025