
En litigio contra Volkswagen
TJUE dictamina que compradores de vehículos equipados con dispositivos de desactivación prohibidos tienen derecho a ser indemnizados por el fabricante
Ello incluso si el fabricante alega error invencible sobre la licitud del dispositivo. La sentencia precisa que ni la homologación de tipo CE efectiva ni una hipotética eximen de responsabilidad. Asimismo, se reconoce este derecho cuando el dispositivo se instala mediante una actualización de software tras la puesta en servicio del vehículo, y se admite la posibilidad de limitar la indemnización a un porcentaje del precio de compra siempre que constituya una reparación adecuada.
15 de agosto de 2025



