
Asuntos de Interés Público
Opinión
Ingreso por paso no habilitado y el umbral de los cinco años: ¿Hacia una prescripción de facto de la irregularidad?, por María Soledad Torres Macchiavello
Un reciente fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago reabre el debate sobre los alcances de la Ley 21.325 al interpretar que, transcurridos cinco años desde un ingreso clandestino, desaparece la base legal para rechazar solicitudes de residencia. La tesis —calificada por algunos como una “hermenéutica del desbloqueo”— plantea tensiones entre el principio de legalidad, la política migratoria y los límites de la interpretación judicial frente a infracciones cuya gravedad el paso del tiempo no necesariamente debiera neutralizar.
22 de noviembre de 2025