
Judicial
Nulidad laboral acogida
Municipio debe asumir obligaciones laborales de Corporación Municipal disuelta
Revoca rechazo inicial de demandas por tutela laboral y despido injustifica-do. Hubo una interpretación errónea del artículo 4° del Código del Trabajo. Establece que la Municipalidad de Cerro Navia debe asumir las obligaciones laborales de la disuelta Corporación Municipal. El artículo 4° inciso 2 del Có-digo del Trabajo protege los derechos de los trabajadores frente a modifi-caciones en la titularidad del empleador, permitiendo que el nuevo emplea-dor asuma las obligaciones pendientes, incluidas las derivadas de un despi-do injustificado.
26 de noviembre de 2025