
Judicial
Régimen para viviendas económicas
Se establece un impuesto único de 5% al arriendo de viviendas DFL 2
La iniciativa establece una tasa de 5% sobre los ingresos brutos obtenidos por el arriendo de viviendas económicas de hasta 90 metros cuadrados. Las personas naturales podrán acogerse desde la tercera propiedad y las personas jurídicas desde la primera, pero quienes ingresen al régimen no podrán solicitar la devolución de IVA del artículo 27 bis.
Hace 6 horas