
Judicial
Mora del deudor
Suprema ordena pagar intereses desde la notificación de la demanda y no desde que sentencia quede ejecutoriada
El máximo tribunal estableció que, al no existir un plazo contractual para pagar la deuda, la propietaria del inmueble quedó constituida en mora cuando fue notificada judicialmente. Por ello, concedió al arquitecto los intereses moratorios rechazados por los tribunales inferiores.
12 de julio de 2026