
Responsabilidad del Estado por actividad lícita
Corte Suprema de Argentina revoca condena al Estado por perjuicios económicos de empresa de televisión satelital
Fallo reafirma que la responsabilidad estatal por actividad lícita es excepcional y no alcanza a daños derivados de políticas públicas legítimas y previsibles, en línea con la defensa de la competencia y los derechos de los consumidores.
04 de noviembre de 2025

