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Contraloría General de la República

Conflicto de interés

Contraloría invalida decreto en Cochrane: alcalde no podía delegar juicio en funcionario de su confianza

El organismo concluyó que el alcalde no podía encargar la causa a un funcionario de su confianza, administrador municipal, por existir un conflicto de interés, lo que vulnera el principio de probidad.

Por Elke von Loebenstein·24 de marzo de 2026·2 min de lectura
Contraloría invalida decreto en Cochrane: alcalde no podía delegar juicio en funcionario de su confianza
Imagen referencial

La Contraloría General de la República resolvió que no se ajusta a derecho el decreto dictado por el alcalde de Cochrane, mediante el cual se abstuvo de intervenir en un juicio en el que es demandado y delegó esa función en el administrador municipal.

El caso fue planteado por un concejal, quien cuestionó la legalidad de la medida adoptada por el jefe comunal en una causa judicial tramitada en Coyhaique, donde el propio alcalde figura como demandado.

El municipio defendió la decisión, señalando que el administrador municipal podía actuar con imparcialidad, ya que está sujeto a normas de probidad y control.

Sin embargo, la Contraloría explicó que la ley exige que las autoridades se abstengan de intervenir en asuntos donde tengan interés personal, para evitar conflictos y asegurar decisiones imparciales.

En este caso, el problema surgió porque el alcalde, que inicialmente había impulsado la demanda como autoridad, volvió a asumir el cargo y quedó en una doble posición: como representante del municipio y, al mismo tiempo, como demandado en el mismo juicio.

Frente a esa situación, decidió apartarse del caso y designar al administrador municipal para que tomara las decisiones.

No obstante, el organismo de control determinó que esa designación no es válida, ya que el administrador municipal es un funcionario de exclusiva confianza del alcalde, lo que genera un conflicto de interés, porque su permanencia en el cargo depende de esa misma autoridad.

Por ello, concluyó que el alcalde incumplió su deber de abstención al intervenir indirectamente en la causa mediante la designación de un funcionario cercano.

En consecuencia, la Contraloría ordenó dejar sin efecto el decreto y aplicar el mecanismo legal de subrogación, es decir, que otro funcionario —sin dependencia directa del alcalde— asuma las funciones en este caso.

Además, precisó que la subrogación no puede recaer en cargos de confianza del alcalde, justamente para evitar posibles conflictos de interés.

Finalmente, dispuso que el tema sea informado al Concejo Municipal en su próxima sesión, debiendo enviarse el acta correspondiente a la Contraloría una vez aprobada.

Vea Dictamen NºD108N26 de CGR.

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