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Nacional

Órgano Judicial — Medidas cautelares

Tribunal ordena seis meses de detención preventiva para dirigente de Túpac Katari

Un juez dispuso la medida cautelar tras la imputación formal por instigación a delinquir, asociación delictuosa y terrorismo, vinculados a los bloqueos de más de 50 días en el país.

Por Redacción·07 de julio de 2026
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Un tribunal de garantías ordenó seis meses de detención preventiva en contra del máximo dirigente de la organización Túpac Katari, tras su aprehensión el sábado en la ciudad de El Alto.

La Fiscalía General del Estado formalizó la imputación contra el dirigente por los presuntos delitos de instigación pública a delinquir, asociación delictuosa, terrorismo, atentados contra la seguridad de los medios de transporte y atentados contra la seguridad de los servicios públicos.

Según los antecedentes de la causa, los cargos guardan relación con la participación e incentivo del dirigente en los bloqueos que se prolongaron por más de 50 días en territorio nacional. La medida de detención preventiva fue dictada en el marco del control de legalidad de la aprehensión, instancia en la cual el tribunal evaluó la existencia de peligro de fuga y riesgo de obstaculización de la investigación.

La detención preventiva constituye una medida cautelar regulada en la Ley de Procedimiento Penal, que requiere fundamento en criterios de proporcionalidad y necesidad. Su imposición implica que el imputado permanecerá en dependencias penitenciarias durante el período ordenado, sujeto a las garantías procesales que correspondan durante la etapa de investigación.

El caso forma parte de las investigaciones derivadas de los conflictos sociales que afectaron la operatividad de servicios de transporte y administración pública en Bolivia durante el período de movilizaciones.

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