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Concejo Municipal de La Paz — Derecho administrativo

Concejo de La Paz aprueba ley que obliga al alcalde a intervenir ante bloqueos

La norma municipal de Libre Locomoción y Transitabilidad establece deberes preventivos y correctivos para la Alcaldía durante conflictos sociales y faculta acciones ante el Ministerio Público y organismos de derechos humanos.

Por Redacción·15 de junio de 2026
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El Concejo Municipal de La Paz aprobó la Ley Municipal de Libre Locomoción y Transitabilidad, que impone al alcalde y al Ejecutivo municipal la obligación de adoptar medidas preventivas y correctivas frente a bloqueos y protestas que interrumpan la circulación de personas y vehículos. La norma busca garantizar el abastecimiento de productos esenciales, la prestación de servicios y el normal desarrollo de actividades económicas en el municipio.

La presidenta del Concejo Municipal indicó que "la norma busca proteger los derechos fundamentales de los paceños y establece responsabilidades concretas para la Máxima Autoridad Ejecutiva Municipal cuando se registren bloqueos o acciones que afecten la transitabilidad". La iniciativa surge como respuesta a conflictos sociales recientes que provocaron desabastecimiento, dificultades en el acceso a servicios de salud y pérdidas económicas en diversos sectores de la ciudad.

La ley dispone que el alcalde deberá activar medidas preventivas cuando tenga conocimiento de movilizaciones que puedan derivar en bloqueos, promoviendo espacios de diálogo y coordinación con autoridades nacionales, departamentales, la Defensoría del Pueblo, organizaciones religiosas y representantes de los sectores movilizados. Para situaciones donde los bloqueos ya se hayan concretado, la norma contempla acciones correctivas que facultan a la Alcaldía a constituirse en parte querellante ante el Ministerio Público, impulsar acciones constitucionales para la defensa de derechos colectivos, solicitar la reparación de daños a bienes públicos e incluso requerir al Gobierno nacional la declaratoria de estado de excepción en casos de conmoción interna.

La normativa establece límites explícitos a las protestas: ninguna movilización podrá impedir el abastecimiento de alimentos, medicamentos y combustibles, obstaculizar el paso de ambulancias, restringir el trabajo de medios de comunicación ni bloquear las principales vías de acceso a la ciudad. La ley también obliga al Ejecutivo Municipal a presentar informes al Concejo sobre las acciones realizadas durante conflictos y a elaborar planes de recuperación para zonas afectadas una vez superadas las emergencias.

Tras su aprobación en el Concejo Municipal, la norma fue remitida al alcalde para su promulgación y posterior entrada en vigencia.

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