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Leyes

Reglamento Bromatológico

Decreto 133/026 incorpora estándar Mercosur sobre aditivos alimentarios

El Ministerio de Salud Pública adoptó la Resolución GMC 22/25 del Grupo Mercado Común, que actualiza cinco resoluciones previas y armoniza la normativa nacional con la regional en materia de aditivos para alimentos.

Por Redacción·17 de julio de 2026·Rol Decreto 133/026
Close-up of a detailed stone statue in black and white.
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El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud Pública, emitió el Decreto 133/026 mediante el cual adopta la Resolución GMC 22/25 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR y la incorpora al Reglamento Bromatológico Nacional.

La resolución aprobada modifica el contenido de las Resoluciones GMC 50/97, 53/98, 51/00, 08/06 y 09/07, todas ellas referidas al uso y autorización de aditivos alimentarios. Con esta actualización, se integran al ordenamiento jurídico uruguayo los criterios técnicos consensuados en el bloque regional para la utilización de sustancias destinadas a modificar las características organolépticas o conservar los alimentos en el mercado interno.

La incorporación se realiza directamente al Reglamento Bromatológico Nacional, que concentra las disposiciones sanitarias y de inocuidad alimentaria aplicables en el país. La medida busca asegurar la coherencia de la legislación nacional con los estándares del MERCOSUR, facilitando el comercio intrarregional y manteniendo la protección de la salud de la población.

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