
Opinión
¿La Convención puede cancelar discursos de sus integrantes? Pienso que no.
Hemos de tener presente que a quienes conforman el órgano constituyente les asiste la inviolabilidad por los juicios y opiniones que manifiesten en las sesiones de sala o de pleno, en las mismas condiciones que a los parlamentarios – artículo 134 de la Constitución - me parece que el problema no se vincula con los derechos de los y las convencionales sino con el rol y naturaleza del órgano constituyente.
18 de agosto de 2021