
Tribunal Constitucional español.
Acción de reclamación de filiación no matrimonial debe ejercerse dentro del plazo de un año establecido en el artículo 133 del Código civil español.
El reclamante de filiación no ha tenido un comportamiento congruente como padre, requiriendo la posesión de estado, un grado de persistencia, actos continuados y reiterados de padre que no concurren en el caso.
09 de julio de 2022

