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#SUBSIDIO FAMILIAR

imagen: revistacompensar.com
Actualidad Internacional

Discriminación indirecta por una diferencia de trato.

Trabajadores transfronterizos tienen derecho a gozar de las mismas prestaciones sociales que los trabajadores residentes, resuelve el TJUE.

Los trabajadores transfronterizos contribuyen a la financiación de las políticas sociales del Estado miembro de acogida con las cotizaciones fiscales y sociales que pagan en dicho Estado, en virtud de la actividad laboral que en él ejercen. Por ello deben poder disfrutar de las prestaciones familiares y de las ventajas sociales y fiscales en las mismas condiciones que los trabajadores nacionales.

20 de mayo de 2024