
Asuntos de Interés Público
Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.
Empleador debe reembolsar el descuento efectuado al trabajador del aporte realizado a su cuenta del seguro de cesantía, resuelve la Corte Suprema.
El máximo Tribunal puntualizó que la declaración de despido improcedente impide el descuento del aporte del empleador al seguro de cesantía, en función de lo establecido en el artículo 161 del Código del Trabajo en relación con el artículo 13 de la Ley Nº19.728.
28 de marzo de 2023