
Recurso de nulidad acogido por Corte de Rancagua.
Los sentenciadores al no valorar debidamente la prueba vulneran el principio de razón suficiente desde que no explican cómo llegan a la convicción de absolver.
¿Lo que faltó analizar desvirtúa todo lo demás razonado y argumentado por la sentencia? No lo sabemos, y es ese justo el problema, porque el tribunal no expresó razones en dicho sentido, más allá de lo escuetos argumentos de referencia que otorga cuando menciona a la deponente.
21 de noviembre de 2024

