
Opinión
¿Objeción de conciencia institucional o colectiva? Primera parte.
No es un derecho fundamental general – la objeción de conciencia – con efectos liberatorios, para toda persona que lo invoque en cualquier situación, circunstancia que lleva a su delimitación en un sentido preciso y su alcance será relativo y nunca absoluto.
08 de noviembre de 2017