
Asuntos de Interés Público
Artículo 33 de la Ley 19.378.
No procede utilizar la figura del permiso sin goce de remuneraciones para ejercer el cargo de directora de un Cesfam en otra Corporación Municipal por cuanto la ley fija un máximo de 3 meses por cada año calendario para hacer uso de ese beneficio.
Solo es compatible desempeñarse simultáneamente como director de un Cesfam si la jornada no se excede de las 44 horas semanales y en la medida que la distribución de las respectivas jornadas no coincida la una con la otra.
11 de abril de 2023
