
Asuntos de Interés Público
Recurso de queja acogido por Corte Suprema.
Razón de carácter informático no puede ser esgrimida por la magistratura para no tramitar una demanda laboral por cuanto priva al trabajador del derecho a la tutela judicial efectiva.
Los ministros recurridos confirmaron la resolución de primer grado que no dio curso a la tramitación de una demanda de despido injustificado, esgrimiendo que el actor al presentar una medida prejudicial anunció la interposición de una tutela laboral, y en subsidio, la acción de despido improcedente, ejerciendo finalmente solo ésta última, lo que el sistema no habilita.
02 de octubre de 2023