
Dirección del Trabajo
Ley N°20.998
DT aclara que cooperativas de servicios sanitarios rurales deben pagar gratificación legal, mientras que comités de agua potable no
El pronunciamiento distingue entre las obligaciones laborales de cooperativas y comités regulados por la Ley N°20.998. Mientras las cooperativas deben gratificar a sus trabajadores si llevan contabilidad y generan excedentes, los comités quedan exentos de este deber por no cumplir tales condiciones.
25 de octubre de 2025