
Judicial
Ley del Consumidor.
Consumidora no logró acreditar que empresa de pintura de vehículos efectivamente prestó el servicio negligente que dañó su automóvil, lo que condujo al rechazo de su acción infraccional.
La actora demandó a la empresa pensando que era la dueña del local que presta los servicios de pintura de vehículos que contrató, sin embargo, no entregó documentos que relacionaran a la demandada con el nombre de fantasía del establecimiento comercial.
14 de diciembre de 2022