
Recurso de amparo acogido por Corte de Puerto Montt.
Reconocimiento de imputado por parte de la víctima en sede policial es ilegal si no se cuenta con instrucción previa del Fiscal.
El delito se habría cometido a las 15:50 horas y el reconocimiento se realizó después de las 22:08 horas de ese día, estando el imputado ya detenido por un motivo diverso. Además, no consta que la víctima antes del reconocimiento consignara las características de las personas a quienes le atribuyó la comisión del ilícito.
01 de agosto de 2024

