
Asuntos de Interés Público
Invalidación de oficio.
Es deber de los jueces de segundo grado hacerse cargo de la prueba aportada en su instancia, resuelve la Corte Suprema.
El máximo Tribunal observó que los jueces de fondo omitieron referirse a la prueba que daba cuenta de la morosidad de las facturas que el juez de base había considerado parcialmente pagadas.
22 de febrero de 2023