
Contraloría General de la República
Contraloría General de la República.
Bono compensatorio de sala cuna no procede pagarlo durante el feriado legal de las madres trabajadoras, por lo que el empleador debe solicitar la restitución de los montos indebidamente percibidos.
Lo anterior, sin perjuicio del derecho de las interesadas de pedir la condonación o facilidades de pago, en virtud del artículo 67 de la ley N° 10.336.
25 de enero de 2024