
Opinión
El Convenio 169 OIT y el derecho interno de Chile
El Convenio es prudente en el caso de asignación de recursos públicos ya que dice que el Estado Parte debe (6ºc) "establecer los medios necesarios para el pleno desarrollo e iniciativas de esos pueblos, y en los casos apropiados proporcionar los recursos necesarios para este fin".
14 de septiembre de 2020