
Opinión
«Algunos problemas que se desprenden del ejercicio del dominio, en recintos acogidos a la Copropiedad inmobiliaria» (A propósito del Covid19)
El ejercicio del dominio del titular sobre su unidad puede ser limitado válidamente por el reglamento de copropiedad, en cuanto este determina el uso que debe tener cada unidad. Los fundamentos de la limitación pueden ser, el derecho otro propietario o el interés colectivo.
27 de mayo de 2020