
Judicial
Recurso de nulidad laboral acogido por Corte de Santiago.
El despido es injustificado si el empleador toleró anteriormente la conducta que fundamenta la desvinculación del trabajador.
Si durante casi dos años el empleador no exigió el acatamiento de la obligación que ahora dice gravemente incumplida, tolerando que los trabajadores recibieran propinas o dádivas por cargar la mercadería a los clientes, es factible determinar que la obligación no era de una entidad tal que determinara el necesario quiebre de la relación laboral.
01 de abril de 2025