
Opinión
La problemática excepcionalidad de la Compra Pública de Innovación en la Ley N° 19.886.
La excepcionalidad de la Compra Pública de Innovación (CPI), que confirma el Reglamento de la Ley N° 19.886, colisiona con su finalidad de promover y estimular la innovación. Si este procedimiento especial solo se utiliza en casos excepcionales, su impacto en el fomento de la innovación podría ser limitado. Por lo demás, este tratamiento resulta contradictorio con la naturaleza misma de la CPI, cuya finalidad es la adquisición de productos inexistentes en el mercado o que, si bien existen, requieren ser adaptados para satisfacer la necesidad o resolver el problema que se pretende abordar.
31 de marzo de 2025